- Siempre tiene que venir avalado por una persona socia, que conozca a la persona receptora de la ayuda, sus necesidades y su proyecto empresarial.
- La propuesta de financiación (Proyecto) se ha de presentar por escrito, en los impresos correspondientes que tiene la asociación para tal fin, aportando la documentación personal y profesional exigida.
- Se compromete a la devolución del dinero, sin intereses, en la forma y plazos pactados y firmados.
- Se tendrá en cuenta por parte de la JUNTA DIRECTIVA los siguientes criterios para su aprobación:
– Si implica o favorece a grupos y/o zonas desfavorecidas.
– Si la propuesta es respetuosa con el medio ambiente.
– Si es viable técnica y económicamente.
– Si es cooperativa o favorece la creación de nuevos puestos de trabajo.
– Si las personas tienen conocimientos y experiencia en la actividad que se va a poner en marcha con la ayuda financiera.
– Si la persona aporta recursos propios para el desarrollo de su proyecto.
-Si es la primera vez que el solicitante pide ayuda o si ya ha recibido otra con anterioridad y sí ésta la ha devuelto en plazo y los resultados obtenidos (especialmente si ha sido ayuda para el empleo).
Una vez concedida la ayuda, se promueve la participación de las personas o grupos receptores de la misma a participar en la asociación en la forma que crean oportuna; participando en actividades de formación, en el propio funcionamiento de la asociación y aportando una cuota solidaria o inscribiéndose como socio una vez cancelada la ayuda.
Con la donación de ayudas reintegrables se busca promover una economía solidaria y es importante que las personas receptoras sean conscientes que la devolución de su deuda es lo que permite y facilita que posteriormente este dinero pueda ser “prestado” a más personas que lo necesiten.